Beca de investigación
Por Coordinadores de AE
Creación: 23 septiembre, 2005
Modificación: 23 septiembre, 2005
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1.- Sólo tendrán cabida en dicha beca los socios de la AEDE, con una antigüedad de al menos cinco años. Los miembros de la Junta Directiva del año en curso no podrán optar a dicha beca, para evitar incurrir en situaciones de privilegio.

2.- Dichos socios habrán realizado los tres años de Egipcio Medio en escritura jeroglífica, en la sede de la Asociación o en cualquier otra entidad de reconocido prestigio, español o extranjero (Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Fundación San Justino, Instituto de Estudios del Próximo Oriente Antiguo, Universidad de Sevilla …).

3.- Los socios que soliciten la beca deberán tener una licenciatura y estar realizando la Memoria de Licenciatura o Tesis Doctoral en las siguientes especialidades: Prehistoria, Historia Antigua, Arqueología, Historia del Arte o Filología y siempre vinculados a Egipto. Deberán entregar no sólo su CV, sino también un proyecto de investigación, en el que se detallarán los motivos por los cuales opta a la beca, y que será estudiado por la Junta Directiva.

4.- La beca, cuya cantidad ha sido fijada en 1.000 €, estará destinada a sufragar los gastos que el solicitante estime oportuno (desplazamiento, fotocopias, compra de libros, material vario) y que están directamente relacionados con su investigación egiptológica.

5.- La Asociación Española de Egiptología, y en su defecto la Junta Directiva, decidirá la fecha de entrega de las solicitudes, con su correspondiente currículum vitae, y dictaminará su parecer, habiendo únicamente un solo beneficiario.

6.- La Asociación Española de Egiptología, y en su defecto la Junta Directiva, se reserva el derecho de dejar la beca vacante, si estimara que no hay ninguna solicitud que cumpla los requisitos mínimos establecidos o que merezca dicha beca.

7.- La persona beneficiada con dicha beca deberá hacer entrega a la Asociación, de una memoria final del proyecto de investigación, en forma de conferencia o artículo, que podrá ser incluido en una sección especial del BAEDE en curso. El plazo de entrega se restringe a un año.

8.- En caso de que no hubiera ninguna persona seleccionada o que la AEDE tuviera necesidad de dicha cantidad, está podrá ser destinada a sufragar gastos internos de la misma.

9.- Se prevé una convocatoria anual de dicha beca, en las fechas determinadas por la Junta Directiva en curso.

10.- La Asociación Española de Egiptología, y en su defecto la Junta Directiva, se reserva el derecho de modificar, de una convocatoria a otra, los puntos anteriormente descritos se así lo estimará oportuno.

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